La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) alerta a la población en general sobre la comercialización de los suplementos alimenticios en
presentación de gotas sublinguales, fabricados por la empresa CINCO CERRITOS, los cuales incumplen la legislación sanitaria vigente.
Derivado de las acciones de vigilancia sanitaria que realiza de esta comisión federal, se identificó su la comercialización en páginas web, plataformas de venta por internet y
redes sociales, publicitándose de manera exagerada y atribuyéndose propiedades con efecto terapéutico, preventivo o rehabilitador, con lo cual, al asignarle características
propias de un medicamento y carecer de un registro sanitario, incumplen con lo establecido en los artículos 4, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 212, 221, fracción I; 222; y 376 de la Ley General de Salud e infringe lo establecido en el artículo 6, fracción I, del Reglamento de la Ley General de Salud en
Materia de Publicidad.
La finalidad de uso de los suplementos alimenticios es incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir alguno de sus componentes, conforme al artículo 215,
fracción V, de la Ley General de Salud. Es importante señalar que el contar con una consulta positiva de suplemento alimenticio, no refiere a una autorización
sanitaria emitida por COFEPRIS.
A continuación se muestran los productos en comento:
Estos productos poseen ingredientes que no están permitidos para su inclusión en la formulación de suplementos alimenticios, como Ajo negro (Allium sativum), Jengibre
(Zingiber officinale), Romero (Rosmarinus officinalis), Ginkgo biloba L y Valeriana officinalis L., los cuales se encuentran listados en la sección de “Plantas con evidencia de
toxicidad” de la Farmacopea Herbolaria de los Estados Unidos Mexicanos (FHEUM) 3.0.
De acuerdo al artículo 169 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios en caso de contener sustancias poco conocidas que puedan representar un riesgo o
daño para la salud, el proceso e importación de los productos quedará sujeto a que se demuestre científicamente ante la Autoridad Sanitaria la inocuidad de las mismas. Al
respecto, el fabricante o importador no ha sometido ante esta Comisión Federal, estudios o evidencia con la que se garantice la seguridad, eficacia y calidad de los
ingredientes declarados en las etiquetas.
Derivado de lo anterior, los productos Maca Negra extracto, Calm, Jengibre extracto, Cúrcuma extracto, Ajo Negro extracto, Romero extracto, Romero extracto, Ginkgo
Biloba extracto de la marca CINCO CERRITOS representan un riesgo a la salud del consumidor, ya que se desconoce el origen y calidad de los ingredientes, su interacción
con medicamentos, así como, las condiciones sanitarias de fabricación, almacenamiento y transporte.
Por lo anterior, COFEPRIS emite las siguientes recomendaciones:
A la población en general:
- No adquirir, suministrar, ni utilizar los productos Maca Negra extracto, Calm, Jengibre extracto, Cúrcuma extracto, Ajo Negro extracto, Romero extracto,
Romero extracto, Ginkgo Biloba extracto de la marca CINCO CERRITOS en las presentaciones de gotero de 30 mL, ya que no se garantiza la seguridad, calidad y
eficacia. - Si cuenta con alguna enfermedad o padecimiento, consultar con un médico especialista, quien a través de valoración, estudios y análisis, le proporcionarán
un diagnóstico especializado y el tipo de tratamiento a seguir. - No combinar este tipo de productos con medicamentos, ya que pueden existir reacciones o interacciones que puedan poner en riesgo la salud; toda vez que
pueden agravar o acrecentar algún padecimiento.
Finalmente, por tratarse de productos que incumplen con la legislación sanitaria vigente, no deberán ser comercializados por ninguna vía, ni distribuirse por servicios de
paquetería, mensajería nacional y/o internacional, ni ser publicitados en sitios web o en páginas de redes sociales de ninguna índole dentro del territorio nacional. De lo
contrario, contraviene las disposiciones de esta autoridad sanitaria y puede ser acreedor a las sanciones administrativas que resulten conducentes.
Esta comisión federal continuará realizando las acciones de vigilancia sanitaria e informará a la población en caso de identificar nuevas evidencias, con el fin de evitar
que productos, servicios o establecimientos incumplan con la legislación sanitaria vigente y representen un riesgo a la salud de las personas.